Convocatoria para el otorgamiento de preseas

"Poder Judicial del Estado de México"


Considerando

Que para estimular el mejoramiento y fortalecimiento de la Administración de Justicia es conveniente reconocer y premiar a quienes han contribuido con su destacable trabajo, compromiso y entrega, en la consolidación de nuestra institución como garante en la protección de los derechos humanos, así como a las personas físicas que se han distinguido por la promoción, protección, garantía y respeto de la Justicia y del Estado constitucional y democrático de Derecho en cualquiera de sus manifestaciones, con fundamento en los artículos 16, 18 al 30, 42 y demás aplicables de los Lineamientos Generales para el otorgamiento de preseas “Poder Judicial del Estado de México” (en lo sucesivo, “los Lineamientos”), se emite la siguiente Convocatoria para la edición 2025:

Bases

  1. La presente convocatoria se expide para el otorgamiento de preseas “Poder Judicial del Estado de México” en su edición 2025.
  2. Convoca el Poder Judicial del Estado de México por conducto del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México.
  3. Cualquier persona física podrá registrar candidaturas a cualquier categoría de las preseas siempre que el registro correspondiente contenga la siguiente información:
    1. Nombre de la candidata o candidato;
    2. Domicilio particular. En todo caso, deberá especificarse alguno en el que la persona candidata pueda ser ubicada en el territorio del Estado de México;
    3. Número telefónico fijo y móvil, así como correo electrónico de la persona candidata;
    4. Lugar y fecha de nacimiento de la persona candidata;
    5. Nombre de la categoría de presea para la que se postula la candidatura;
    6. Síntesis curricular, en la que se incluyan, entre otros, los siguientes datos: estudios, empleos o cargos desempeñados, actividad docente y publicaciones y relación de méritos, reconocimientos, logros y resultados relevantes obtenidos con motivo de acciones, actividades, obras, trayectoria o actos destacados o ejemplares;
    7. Relación de beneficios que los méritos de la candidatura respectiva han traído o traen al fortalecimiento del Poder Judicial del Estado de México, a la Justicia y al Estado constitucional y democrático de Derecho;
    8. Los datos, en su caso, de la persona, grupo de personas, asociación, sociedad, organización social o institución, pública o privada que postula la candidatura, tales como:
      • Nombre o denominación de quien propone;
      • Domicilio y, en todo caso, alguno donde pueda ser ubicado dentro del Estado de México, y
      • Número telefónico fijo y móvil, así como correo electrónico.
  4. Deberán acompañarse, como sustento de la candidatura, los siguientes documentos:
    1. Acta de Nacimiento;
    2. Curriculum vitae;
    3. Copia de identificación oficial;
    4. Memoria documental, fotográfica, digital, audiovisual, videográfica o cualquier otro tipo de evidencia que acredite el (los) mérito (s) de las candidaturas y
    5. Cualquier otro tipo de documentación que se considere relevante y que tenga relación con los méritos de las candidaturas.
  5. La presente convocatoria se publicará en el Boletín Judicial, en el portal de internet https://www.pjedomex.gob.mx, correspondiente al Poder Judicial del Estado de México y en cualquier otro medio de comunicación o red social, según se considere conveniente u oportuno.
  6. Las candidaturas deberán registrarse en línea, en la ficha de registro que para tales efectos se publique en el portal de internet https://www.pjedomex.gob.mx, correspondiente al Poder Judicial del Estado de México. El mismo vínculo se habilitará para el envío de los documentos a que se refiere el numeral IV.
  7. Las preseas se repartirán en diversas categorías correspondientes a las siguientes denominaciones:
    • Presea al Mérito en la Virtud Judicativa “JACOBO DE VILLAURRUTIA LÓPEZ Y OSORIO”
    • Presea al Mérito en Derecho Administrativo “MANUEL CAMPOS Y RIVAS”
    • Presea al Mérito en Defensa de los Derechos Humanos “JUAN JOSÉ FLORES ALATORRE”
    • Presea al Mérito en Derecho Constitucional “JOSÉ DOMINGO RUS”
    • Presea al Mérito en Derecho Laboral “TOMÁS SALGADO”
    • Presea al Mérito en Derecho de Familia “FRANCISCO NAVA”
    • Presea al Mérito en Derecho Penal “IGNACIO ALVA”
    • Presea al Mérito en Derecho Mercantil “RITA RAQUEL SALGADO TENORIO”
    • Presea al Mérito en Justicia Restaurativa “MARÍA GUADALUPE ALCALÁ GONZÁLEZ”
    • Presea al Mérito en Derecho Civil “ALBERTINA EZETA URIBE”
  8. El otorgamiento de la presea correspondiente a cada categoría se realizará a una sola persona física. Las preseas sólo podrán ser otorgadas a personas físicas nacionales o extranjeras, sin que puedan otorgarse post mortem. Ninguna persona que haya obtenido una presea podrá obtenerla posteriormente dentro de ninguna categoría.
  9. En caso de que ninguna persona sea postulada en la convocatoria respectiva o de que las candidaturas no cumplan con los requisitos de la convocatoria correspondiente, el otorgamiento de la presea se declarará desierto en una, en varias o en todas sus categorías.
  10. Las personas que se encuentren inscritas en el proceso de selección para la elección de personas juzgadoras en el ámbito federal o local de cualquier entidad federativa conforme a la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024 y en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México de fecha seis de enero de 2025, no podrán participar como candidatos para la obtención de las preseas a que se refiere esta convocatoria.
  11. El sistema para registro de candidaturas y entrega de documentación quedará abierto a partir de la fecha de publicación de esta Convocatoria y se cerrará el 14 de marzo de 2025 a las 23:59 horas.
  12. El desarrollo del procedimiento para el otorgamiento de preseas comprenderá tres etapas:
    1. Primera Etapa, integrada por:
      1. Convocatoria para el otorgamiento de preseas, que es la que hoy se expide, y
      2. Registro de candidaturas.
    2. Segunda Etapa, que comprende las siguientes actividades a cargo de la Secretaría Técnica integrada en los términos de los Lineamientos:
      1. Integración de expedientes;
      2. Revisión y estudio de candidaturas;
      3. Evaluación de las candidaturas;
      4. Determinación de las candidaturas que hayan cumplido con los requisitos, términos y condiciones señalados en la convocatoria, así como en los Lineamientos, a fin de ser sometidas a la consideración del Jurado, y
      5. Formulación de dictámenes de las candidaturas para el otorgamiento de preseas.
    3. Tercera Etapa, que se integra por las siguientes actividades a cargo del Jurado, que es el Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México:
      1. Evaluación de dictámenes de las candidaturas propuestas;
      2. Selección de las candidaturas merecedoras de una presea. Esta resolución no será impugnable;
      3. Publicación de la lista de personas que hayan resultado merecedoras de una presea;
      4. Comunicación del otorgamiento a las personas que hayan resultado merecedoras de alguna presea; y
      5. Registro en el Libro de Honor de todas aquellas personas que hayan resultado merecedoras de una presea.
  13. Las candidaturas que hayan resultado premiadas en las diversas categorías se publicarán el día 21 de marzo de 2025 en el portal de internet https://www.pjedomex.gob.mx, correspondiente al Poder Judicial del Estado de México, sin perjuicio de cualquier otro tipo de publicidad que, a juicio del Pleno del Tribunal Superior de Justicia, resulte pertinente.
  14. Fecha y lugar de la entrega de preseas: las preseas serán entregadas anualmente en sesión pública y solemne del Pleno del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, por conducto del Magistrado Presidente, en el marco del aniversario de la instalación del Poder Judicial del Estado de México, es decir, el 28 de marzo de 2025.
  15. En caso que el 28 de marzo exista alguna imposibilidad para realizar la sesión, ésta se llevará a cabo el día que determine el propio Pleno del Tribunal Superior de Justicia.
  16. Para dar trámite a sus candidaturas, las y los candidatos deberán manifestar fehacientemente su aceptación de los requisitos, términos y condiciones de esta Convocatoria, así como de lo previsto en los Lineamientos.
  17. En todo lo no previsto por esta Convocatoria, se estará a lo previsto en los Lineamientos y a lo que determine el Jurado.

Principales aspectos de la Reforma Judicial


  1. Elección democrática de personas juzgadoras

    Por primera vez en la historia del Estado de México, las juezas, jueces, magistradas y magistrados serán electos mediante voto directo de la ciudadanía. Este mecanismo garantiza que quienes ocupen estos cargos reflejen los valores y necesidades de la sociedad, fortaleciendo la confianza en el sistema judicial.

  2. Perspectiva de género y paridad

    La reforma asegura la integración de órganos jurisdiccionales con base en el principio de paridad de género. En cada etapa del proceso electoral, desde la postulación hasta la asignación de cargos, se promueve la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres.

  3. Nuevas etapas en el proceso electoral

    La reforma introduce un marco normativo que regula cada fase del proceso electoral de las personas juzgadoras, incluyendo:

    • Convocatoria y postulación de candidaturas: Un proceso transparente y accesible para que todas las personas interesadas puedan participar.
    • Campaña electoral: Espacios para la difusión de las propuestas y trayectorias de las candidaturas, priorizando la imparcialidad y la equidad.
    • Jornada electoral y asignación de cargos: Garantizando el cumplimiento de los principios de legalidad, objetividad y máxima publicidad.

  4. Participación de la ciudadanía

    La ciudadanía no solo tendrá el derecho al voto, sino también la posibilidad de participar en procesos de evaluación y selección de candidaturas. Esto refuerza un sistema judicial verdaderamente representativo.

  5. Creación de mecanismos de supervisión y transparencia

    Se han incorporado lineamientos específicos para el monitoreo de medios, la fiscalización de recursos de campaña y la transparencia en la difusión de resultados electorales.

  6. Innovación tecnológica y sostenibilidad

    El uso de plataformas digitales y micrositios permitirá a la ciudadanía acceder a información relevante sobre las candidaturas y el proceso electoral. Además, la propaganda electoral será producida con materiales reciclables y biodegradables.

  7. Fortalecimiento de los principios de justicia

    La reforma establece medidas para garantizar que los procesos electorales y judiciales se rijan por principios de certeza, legalidad, imparcialidad, independencia y objetividad.